Léase el título cantadito , igual que en una manifestación , pues esta debe ser la consigna en el camino de Igualdad de Derechos.

La integración nuevamente nos juega una mala pasada

En el camino de acceder a una cuota de normalidad, muchxs homosexuales literalmente, deben pasar piola en sus trabajos, pues su orientación en la mayoría de los casos es sinónimo de despido.

Los casos de personas que ejercen la docencia y son lesbianas, gays, trans femeninas o masculinas, son quienes se ven mayormente afectadxs por conductas discriminatorias , pues su forma de vida no es forma que la educación desee reproducir, por el contrario , ese espacio fortalece la máquina reproductiva que nos construye como anormales.

La necesidad de integración de algunxs, volvemos a nuestra primera línea, entonces, permite que muchos de los casos de discriminación laboral sean silenciadxs bajo el alero del doble estándar que debe vivir una lesbiana un gay o una persona trans, que se ve obligadx a ocultar su vida disfrazándose de una heterosexualidad que no le pertenece para evitarse problemas.

Mientras en la conmemoración del primero de mayo, muchxs trabajadorxs salen a la calle a demandar leyes como la de subcontratación, el mundo de las tortas, de los colas y de lxs trans sigue rogando a que no se descubra que se les quema el arroz, que se les queda la patita atrás, que tienen acoplado, que se hacen el truco. Las tortas , colas y trans siguen ocultando quienes son, lo que es definitivamente, un camino demasiado básico aún, en la lucha por el respeto a los Derechos Humanos.

¿Qué se ha hecho en pro de la discriminación laboral de lesbis, gays y trans?

En 1966 Chile adscribe al Pacto de derechos económicos , sociales y culturales , que entre otras cosas reconoce y promueve condiciones de trabajo equitativas y dignas sin distinción de ninguna especie, derecho a fundar sindicatos y a afiliarse libremente para promover y proteger intereses económicos y sociales que no pueden restringirse. En este camino vale decir que desde el año 2003 se articula el Sindicato de Gays, Lesbianas y Bisexuales “Luis Gauthier” del Partido Comunista de Chile, sin embargo, las conductas discriminatorias siguen desarrollándose, pues como ya se indicó , las personas no denuncian, ya que también en los trabajos , pese a que todxs saben que se es despedido por ser homosexual, los argumentos que se verbalizan a lxs despedidxs son otros, es decir, no echan a las personas por ser maricones o mariconas , si no que por reducción de personal o simplemente porque ya no se requieren de sus servicios.

En 1976 Chile adscribe al Pacto de Derechos Sociales y Políticos , el que reafirma el compromiso con el Pacto asumido en el año 1966. Ambos Pactos , vale decirlo , se construyen a partir de una mirada heterosexual, pues sólo se enuncia a mujeres y hombres, cuando existen muchas personas que se designan como lesbianas, indicando por lo claro que no son mujeres, pues parten de premisas básicas como que al constructo heterosexual que designa a las mujeres no le gustan las personas de su mismo sexo , le gustan los hombres. Si a las lesbianas les gustan las mujeres o personas de su mismo sexo ,entonces , indican, las lesbianas, no son mujeres…Una realidad a considerar en el camino de concreción de estxs sujetxs políticxs.

En nuestra Constitución, en su artículo 19 , se indica que es derecho de todxs lxs chilenxs la Libertad de trabajo y contratación y la igualdad en el acceso a funciones públicas, así como igualdad económica. En la práctica estos derechos se ven continuamente vulnerados, en la falta de exactitud para indicar que estas normativas son para lesbianas ,gays y trans.

Lo anterior puede sonar ilógico , pues la constitución habla de todxs lxs chilenxs , sin embrago, no podemos olvidar que el pueblo chileno se construye desde la heterosexualidad y si lxs que nos son heterosexuales no se enuncian , no existirán y lo que no existe no tiene derechos.

Hacia la Igualdad laboral

Ya sabemos que el compromiso de lograr la igualdad económica y social es un lineamiento expreso en la Constitución Chilena, que se desprende de las orientaciones internacionales, al que un país adscribe o no. Cuando adscribe a estos Pactos internacionales está obligado a cumplir y a crear los mecanismos necesarios para que los derechos enunciados sean una realidad. Por eso uno de los primeros caminos es generar sensibilización en torno a la difusión de los Pactos mencionados y de lo que indica la Constitución Chilena.

Se debe tomar conciencia de que la discriminación por orientación sexual existe e incide negativamente en la obtención y mantención de un trabajo, en el acceso y gestión de los recursos que nos permiten vivir dignamente y a la incorporación de todxs las personas, sin discriminación , a la vida económica y social. Esta situación no puede esperar, más aún cuando se fortalece un modelo económico que agudiza la discriminación, por eso la responsabilidad con nosotrxs mismxs, tiene que ver con enunciar la exclusión para generar los antecedentes que permitan que se creen los mecanismos que se requieren para garantizar la democracia.

Existen situaciones básicas a seguir denunciando y que cruzan por género, raza y clase. En Chile se siguen generando ofertas laborales basadas en “la buena presencia” por sobre las capacidades laborales de las personas. Desde esta perspectiva se entiende que una persona “amanerada”, como es visto un gay, a modo de ejemplo, no será contratado, lo mismo que una mujer robusta como dice la canción, lo que puede ser perfectamente asociado a una lesbiana más masculina o a una trans femenina.

Si en esta primera instancia existe buena suerte y en definitiva buena presencia, que no es si no ser súper integrado a los cánones establecidos por la dictadura heterosexual, se podrán enfrentar en el camino a la aplicación de test varios que buscan definir cuál es la orientación sexual de las personas. Ejemplo ampliamente conocido es el de Test de Rochard, ese de las laminitas. Si usted es “mujer” y ve murciélagos va por mal camino, porque eso lo ven las lesbianas. Por otro lado si usted es “hombre” y ve mariposas , para que decirle lo que es…

Si la aplicación de estos test no es discriminación, ¿qué es?

Amparado por la legalidad , aún existe el artículo 161 del código del trabajo, que permite y es la herramienta que se utiliza para despedir de manera arbitraria e injusta a las personas de sus trabajos. Este artículo contemplado por la Ley Antidiscriminatoria, cercenada por el gobierno , aún sigue vigente, por lo que desde él se desprende otro camino concreto de lucha: la derogación de tal artículo o mejor aún la reposición o la mejora de la actual Ley antidiscriminatoria que está siendo tramitada por el Senado y que ya fue aceptada por la cámara de Diputadxs.

¿Por qué no promover la instalación de una oficina en donde sólo se aborden los casos de discriminación laboral por orientación sexual?

Ciertamente la discriminación existe. Ciertamente los despidos laborales por orientación sexual no son una temática conflictiva aún para la C.U.T y para quienes creen en esa instancia de organización. Ciertamente las mujeres aún siguen siendo discriminadas , lo que es un mal augurio para el mundo de igualdad que lesbianas , trans y gays desean, pero ciertamente y valga la reiteración, serán nuestras convicciones y la lucha que logremos articular, la que nos proveerá de un futuro en donde la igualdad sea realidad para todxs nosotrxs.